EB-2 VISAS & NIW

SI ES APROBADO, EL TRABAJADOR EXTRANJERO RECIBIRÁ SU TARJETA VERDE Y SE CONVERTIRÁ EN RESIDENTE DE EE. UU.

1) Título avanzado: trabajadores extranjeros con un título avanzado más allá de una licenciatura de los EE. UU. (Como maestría o doctorado) o su equivalente (como una licenciatura y al menos cinco años de experiencia laboral relacionada). Se requiere una Certificación Laboral aprobada por el Departamento de Trabajo para las personas en esta categoría.

2) Habilidad excepcional: trabajadores extranjeros con habilidad excepcional en arte, negocios o ciencia. La capacidad excepcional se define como un grado de experiencia significativamente superior al que se encuentra normalmente. Se requiere una Certificación Laboral aprobada por el Departamento de Trabajo para las personas en esta categoría.

3) Exención de interés nacional: trabajadores extranjeros cuyo empleo en los EE. UU. Sería de interés nacional. Las exenciones por interés nacional generalmente se otorgan a personas excepcionales cuyo empleo beneficiaría en gran medida a los EE. UU. Las personas que buscan una exención por interés nacional pueden presentar una auto-petición y no necesitan someterse al proceso de certificación laboral del Departamento de Trabajo.

El proceso EB-2 generalmente consta de tres pasos. Primero, el empleador solicita la Certificación Laboral Permanente ante el Departamento de Trabajo, utilizando el sistema PERM. El empleador debe demostrar que hay una oferta de trabajo disponible en un campo profesional específico, que la oferta de trabajo está disponible para los trabajadores estadounidenses, pero que ningún trabajador estadounidense está calificado y que el pago es la tarifa vigente. El Departamento de Trabajo emitirá un formulario PERM, si se cumplen todos los requisitos.

Las personas que buscan una exención de interés nacional pueden omitir este primer paso. En segundo lugar, después de que se emite el formulario PERM, el empleador debe presentar un Formulario I-140, solicitando una visa EB-2. Finalmente, si se aprueba el I-140 y hay una visa disponible, el trabajador extranjero puede someterse a un procesamiento consular (si se encuentra en el extranjero) o solicitar un Ajuste de estatus (si está en los EE. UU.).

SI ES APROBADO, EL TRABAJADOR EXTRANJERO RECIBIRÁ SU TARJETA VERDE Y SE CONVERTIRÁ EN RESIDENTE DE EE. UU.

Podrán viajar hacia y desde los EE. UU. Sin restricciones y estarán autorizados para trabajar en los EE. UU. Los titulares de la visa EB-2 también pueden traer a sus dependientes a los EE. UU.

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