LAS VISAS DE INMIGRANTE EN LA CATEGORÍA EB-3 ESTÁN DISPONIBLES PARA TRABAJADORES CUALIFICADOS, QUE SON “PROFESIONALES” CUYO TRABAJO REQUIERE AL MENOS UN TÍTULO DE BACHILLERATO DE ESTADOS UNIDOS O UN EQUIVALENTE EXTRANJERO U “OTROS TRABAJADORES” PARA PERSONAS QUE REALIZAN TRABAJADORES NO CALIFICADOS QUE REQUIEREN UNA CAPACITACIÓN ADICIONAL DE 2 AÑOS , NO DE CARÁCTER TEMPORAL O ESTACIONAL.
La Certificación PERM de Trabajo Extranjero requiere que el empleador se comprometa a ofrecer pagar al menos el “salario prevaleciente” para el puesto en el momento en que se aprueba la residencia permanente. El salario prevaleciente es un salario promedio para el trabajo determinado por el DOL. El DOL utiliza encuestas salariales y otros datos estadísticos para determinar el salario prevaleciente, utilizando una escala con cuatro (4) niveles que varían según la cantidad de experiencia, educación y habilidades requeridas para el trabajo. Si el empleador requiere mayor experiencia, educación y habilidades para el trabajo, el DOL determinará un salario prevaleciente más alto.
Este es un punto crítico de planificación en el proceso EB-3 que requiere que el empleador sea asesorado cuidadosamente por un abogado de inmigración experimentado.
Bajo una solicitud de Certificación de Trabajo Extranjero PERM, el empleador debe demostrarle al DOL que no hay trabajadores estadounidenses (es decir, ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes de los EE. UU.) Que estén calificados para realizar los requisitos del trabajo y disponibles para el puesto.
La certificación laboral es la excepción, no la regla. Presentar una Certificación Laboral Extranjera no significa que la Certificación Laboral Extranjera será aprobada o que se otorgará la residencia permanente. No se puede aprobar una Certificación Laboral Extranjera a menos que el DOL determine que no hay trabajadores estadounidenses calificados disponibles para un trabajo en particular.
Si bien la naturaleza del mercado laboral (y la cantidad de trabajadores estadounidenses disponibles) es un factor crítico más allá del control del empleador que afectará el éxito de una Certificación Laboral Extranjera, la planificación cuidadosa y la elaboración de estrategias de casos al principio también es fundamental para maximizar la probabilidad de éxito de una solicitud de Certificación Laboral Extranjera.
La Certificación Laboral requiere que el empleador establezca los requisitos mínimos para el puesto, incluido cualquier título requerido, la cantidad específica de años de experiencia requeridos (si corresponde) y cualquier capacitación necesaria o requisitos especiales.
El DOL utiliza sus clasificaciones de trabajo estándar y sus requisitos estándar de educación y experiencia para cada trabajo para determinar los deberes y responsabilidades mínimos de cualquier trabajo. Una descripción precisa de las funciones del puesto es esencial para preparar una Certificación Laboral Extranjera exitosa.
Tenga en cuenta que los requisitos estándar del DOL pueden ser solo de dos a cuatro años de experiencia para muchas ocupaciones profesionales. Cuando el empleador requiera un mayor nivel de experiencia o educación, esto debe justificarse argumentando la “necesidad comercial” de los requisitos adicionales. Cualquier argumento de necesidad comercial probablemente someterá la solicitud a una auditoría.
Bajo el proceso de Certificación de Trabajo Extranjero PERM, el empleador debe participar en una contratación pública y verificable para el trabajo que se ofrece al beneficiario extranjero. Todo el reclutamiento de PERM requiere:
Ejecución de dos (2) anuncios clasificados en la edición dominical en el diario de circulación general del área geográfica.
Publicar un aviso público en el lugar de trabajo.
Utilizar todos los medios internos que se utilizan normalmente en la contratación, y
Hacer una orden de trabajo con la Agencia Estatal de la Fuerza Laboral que se distribuirá a las personas que utilicen la Agencia Estatal de la Fuerza Laboral para encontrar un trabajo.
El empleado es elegible para presentar el Formulario I-485 de Solicitud de Ajuste de Estatus si el Formulario I-140 del empleador ha sido aprobado y una visa está disponible según la lista de espera para visas publicada por el Departamento de Estado en su Boletín de Visas mensual. Esto es común para las nuevas solicitudes de visa del Formulario I-140 que se presentan en las categorías de visa EB-2 y EB-3 para ciudadanos de países como China, México e India. A veces, si una categoría de visa no está sujeta a lista de espera (como la categoría EB-1 para ciudadanos de todos los países), es posible que el empleador y el empleado presenten simultáneamente el Formulario I-140 y el Formulario I-485 para el empleado. y su cónyuge e hijos solteros menores de 21 años.
También es posible que el trabajador extranjero y su familia completen este Paso 4 en el Consulado de los Estados Unidos en su país de origen. Esto se conoce como procesamiento consular. El procesamiento consular solo puede llevarse a cabo después de que el USCIS haya aprobado el Formulario I-140.
Este es el paso final en el proceso de visa de Certificación Laboral Extranjera PERM. Una vez completado, el empleado y su familia obtendrán el estatus de residente permanente legal (tarjeta verde) en los Estados Unidos.
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